--MIMUNDO--

lunes, 15 de octubre de 2018

.MOTO ELÉCTRICA.

Qué hace falta para llevarlas. 
Desde la Asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas.¿Es posible conducir una moto con carnet de coche?»Si. Y según el artículo 5.7 del Reglamento General de Conductores, indican que «las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas,con dos o tres ruedas eléctricas,cuya conducción autoriza el permiso».  

Las bicicletas eléctricas,no necesitan,ningún permiso de circulación.. Autorizado. 

Por lo tanto, y en el caso concreto de las motocicletas eléctricas, tanto de 125 cc o 45 cc, con capacidad de carga de 150 Kg y con una potencia máxima de 11 kW (equivalente a casi 15 CV), para llevarla solo se ha de contar con licencia de ciclomotor o un carnet de conducir válido A1 o con uno de categoría B con tres años de antigüedad como mínimo y se  hora el diésel y gasolina, como mínimo. 

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